martes, 7 de abril de 2009

A) ALGUNAS REFLEXIONES.

Por razones de brevedad no se hará un enfoque histórico sobre el origen del Municipio argentino. Sólo se resaltara algunos puntos fundamentales que nos permitirá comprender la verdadera naturaleza, función y situación real del sistema municipal bonaerense.


El Municipio es una agrupación humana surgida de la relación social - la vecindad - que satisface necesidades económicas y culturales; con poder político, que ejerce una acción ordenadora de la convivencia local a través del ordenamiento jurídico y, a la vez, como una organización administrativa prestadora de servicios y de fomento a la actividad privada. En suma, es una institución política-administrativa.


Decimos que es una institución política, porque ejerce poder público, de carácter estatal, dentro de su competencia. Sus autoridades desempeñan cargos gubernativos, de carácter político, y los problemas que debe resolver son inevitablemente políticos. Su función no es meramente administrativa, de ejecución, sino gubernativa; organizando los servicios públicos municipales; planificando la realización de las obras publicas; dictando normas generales de carácter legislativo, que imponen obligatoriamente a todos los habitantes de su territorio; ejerciendo el poder de policía municipal y decidiendo problemas políticos de ordenamientos sociales y económico-financieros.


Decimos que es una institución político-administrativa, porque tiene por misión fundamental conservar y mejorar los bienes que integran el dominio publico municipal (plazas, playa, calles, jardines, bosques, museos, bibliotecas, edificios, etc.), administrar los recursos financieros, prestar los servicios públicos municipales y realizar toda actividad cultural, social y comercial de interés local.


Decimos que es una institución política-administrativa-territorial, porque el territorio es un elemento estructural indispensable, que fija los límites espaciales de su jurisdicción y, a su vez, es el objeto principal de su regulación. De ahí su competencia en materia de planificación urbanística y su potestad para regular las relaciones de vecindad de los hombres que habitan en su territorio.


Afirmamos que esta institución política-administrativa-territorial esta basada en la VECINDAD, porque son las relaciones que nacen de la convivencia vecinal las que determinan su surgimiento y permanencia. Es la interacción y no el lugar, lo que constituye la esencia de la ciudad y de la vida urbana (la ciudad sería, mas que un lugar geográfico, el centro generador y aglutinante de ese sistema de interacciones sociales que se desarrollan y proyectan sobre un espacio circundante indeterminado).


Por ello le son ajenos los problemas de carácter nacional, como las relaciones exteriores; la defensa del territorio y soberanía del Estado; el mantenimiento de las instituciones políticas; la legislación en genera; la conservación del orden interno; la administración de justicia; las obras públicas y los servicios públicos y sociales que interesan a todos los habitantes del Estado. Su materia propia son los asuntos de predominante interés local.


Sostenemos que la finalidad del Municipio es satisfacer las necesidades de vida de la comunidad local; realizar el bien común; proteger los derechos inalienables del hombre; favorecer el desarrollo de la personalidad física, moral y espiritual de todos los seres humanos, para que cumplan con su destino terrenal.


Por ellos decimos que es MUNICIPAL, toda actividad pública de predominante interés vecinal, que tiende a satisfacer las necesidades de vida de la comunidad local y el bienestar material y espiritual de sus habitantes.

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